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Si soy trabajador por cuenta ajena y tambien autónomo, que IRPF debo retener en mis facturas


Que hago si he estado facturando pensando que era autónomo y no estaba dado de alta

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Estimado Angelo, independientemente de las acciones legales que en tu derecho quieras ejercer contra esa persona, te recomiendo que te pongas en manos de otro profesional para regularizar la situación, tanto respecto de tus obligaciones con la AEAT como con la T.G.S. Social, en su caso. En concreto la legislación te obliga a realizar todo lo pendiente en situación de fuera de plazo, con los consecuentes recargos, sanciones e intereses de demora.

Si trabajo con clientes privados ¿en mis facturas he de retener el IRPF?

Se pueden hacer facturas sólo con el IAE por importe menor de 3000 €

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Estimado Enrique, me resulta difícil entender tu pregunta, en cualquier caso te informo que ese limite de 3.000€ anuales no es cierto, si por tu actividad estas obligado a emitir facturas lo deberás hacer indistintamente del importe de las mismas. Y por la misma, cuando abones algún gasto, compra o servicios, el proveedor deberá aplicar […]

Tengo que presentar liquidaciones trimestrales de IVA diferentes para cada actividad económica

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Estimada Luz, el tipo de IVA será el general, el 18%. Solo debes presentar una declaración trimestral agrupando todas las actividades. Y referente al IRPF los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no estarán obligados a efectuar pago fraccionado trimestral en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 % de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. Lo importante no es que el 70% de toda tu facturación la soporta un solo cliente, si no, que el concepto de la misma sean honorarios profesionales, la actividad de comisionista podría ser pero la de servicios de camarera autónoma habría que definirlo mejor.

 

Estoy obligado a declarar la facturación en el modelo 347

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Estimado Juanjo, si tus facturas emitidas llevan retención y tus clientes ya te declaran en el modelo 111 y 190 no debes declararlos en el modelo 347 aunque superes la cantidad. Las facturas que llevan retención y que son declaradas en otros impuestos no deben ser contempladas en el modelo 347 a excepción de los arrendadores que aunque emiten factura con retención por alquiler sí que están obligados a declararlo en el modelo 347.

Número de Operador Intracomunitario

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Número de operador intracomunitarioEl número de operador intracomunitario es un requisito imprescindible para los empresarios o profesionales que realicen las denominadas Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes. Para tener NIF-IVA o número de operador intracomunitario, deberemos estar inscritos en el ROI: Registro de Operadores Intracomunitarios.

Para darnos de alta en el ROI, tendremos que presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria, bien sea telemáticamente, o bien mediante la cumplimentación en papel del formulario.

Inversión del Sujeto Pasivo

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Se introducen nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo, por la Ley 7/2012. Inversión del Sujeto Pasivo

La inversión del sujeto pasivo supone que no es el emisor de la factura quién repercute y liquida el IVA, sino que, por el contrario, ésta obligación se traslada al destinatario.

Los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo, que se añaden a los que ya existen en la actualidad (fundamentalmente, para las operaciones intracomunitarias), son:

–       En el caso de ejecuciones de obra, cuando:

  • Se trate de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista (o entre el contratista y el subcontratista)
  • Objeto del contrato: urbanización de terreno o la construcción o rehabilitación de edificaciones.

–       En las siguientes entregas de bienes inmuebles:

  • Entregas efectuadas consecuencia de un proceso concursal
  • Entregas exentas  de terrenos o segundas y ulteriores entregas de edificaciones, cuando se renuncia a la exención
  • Entregas efectuadas en ejecución de la garantía constituida sobre los bienes inmuebles.

Ventajas de ser autónomo

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Cada vez es más frecuente encontrar a personas que optan por una de las vías de escape ante la escasez de trabajo asalariado como es trabajar por cuenta propia. Y es que ser autónomo tiene ventajas, tanto a nivel profesional como a nivel personal.

Aunque ser autónomo requiere un gran esfuerzo personal, tanto físico como creativo, también aporta algunas recompensas sumamente gratificantes, al ser un estilo de vida que permite al individuo establecer sus propios horarios, escoger su lugar de trabajo o mantener el control total de la empresa. En definitiva, ser tu propio jefe. Además, en una sociedad global, que se hace más competitiva por momentos, la flexibilidad que precisan las grandes corporaciones e instituciones está potenciando la proliferación de una mayor cantidad de trabajadores autónomos.

Ventajas fiscales de ser autónomo

ventajas de ser autonomoUna persona interesada en montar un negocio o trabajar por cuenta propia debe tener en consideración determinados aspectos fiscales, valorando así los riesgos y oportunidades asociados a emprender y consolidarse como empresario autónomo. Entre las ventajas fiscales existentes en la actualidad para el autónomo se encuentran, por ejemplo, la posibilidad de una reducción de un  9% del IRPF en los dos primeros ejercicios. Asimismo, aquellas personas en situación de desempleo que decidan darse de alta como autónomos podrán capitalizar el 100% de la cobertura por desempleo, beneficiándose de exención completa del IRPF.

Incluso, para equiparar las prestaciones de autónomos y trabajadores por cuenta ajena, ha sido implementada la cobertura por cese de actividad para trabajadores autónomos. También es importante destacar que, con el objetivo de atenuar las fuertes cargas fiscales a las que hacen frente los trabajadores por cuenta propia, se ha ampliado el grupo beneficiario de la tarifa plana en las cuotas a la Seguridad Social: los nuevos autónomos abonarán 53,07 euros de cotización durante los primeros seis meses, incrementándose paulatinamente en los meses posteriores. Pero hacerse autónomo conlleva, además, una serie de responsabilidades fiscales, como la obligatoriedad en la facturación de cada actividad realizada.

También es conveniente tener en cuenta que, con la universalización de la conexión a internet, las oportunidades para el autoempleo se han incrementado sustancialmente, dando lugar a un abanico de opciones más amplio para el emprendedor.

 

Las cifras de Hacienda sobre el pago a proveedores son falsas, según los autónomos

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Los datos sobre el plazo medio de pago a los proveedores facilitado por el Ministerio de Hacienda son “falsos”, según la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) y la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM). También han reclamado a las administraciones un poco más de seriedad a la hora de combatir la morosidadautonomos_morosidad (1)

Según Hacienda, el pasado mes de septiembre las comunidades autónomas tardaban en pagar a los proveedores de media unos 42,89 días, mientras que las corporaciones locales lo hacían en 24,84 días. Estos datos corresponden a las facturas contabilizadas por la administración desde el 1 de enero de este ejercicio. El presidente de ATA, Lorenzo Amor, designado por la Comisión Europea como responsable de vigilancia de la morosidad en España, asegura que esos datos “no hay quien se los crea, porque no son verdad si son ciertos”.

Reconoce que se hacen muchas trampas, ya que el problema reside en que las administraciones sólo cuentan el tiempo transcurrido desde que contabilizan la factura y no desde que se presta un servicio o se recibe la mercancía, tal y como recoge la normativa europea. Y es que hay facturas que “duermen en las bandejas de los despachos durante meses” o viajan de “despacho en despacho” antes de registradas.

Lorenzo Amor recuerda que el último informe de la Comisión Europea eleva hasta 154 días el retraso medio a los proveedores españoles. Por su parte, el presidente de la Plataforma Mulitsectorial contra la Morosidad (PMcM), Antoni Cañete, asegura que el plazo publicado por el Ministerio de Hacienda hace referencia al tiempo excedido, por lo que sobrepasa de largo los treinta días que marca la ley. La comunidad que más tarda en pagar, según Cañete, es Aragón con 77,53 días de media según el Ministerio, pero en realidad podría demorarse más de 200 días, apunta. Los trabajadores autónomos reclaman una solución con urgencia.

 

 

¿Cuánto cobrar por tu trabajo si eres autónomo?

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¿Cuál es el precio que debe fijar un autónomo por su trabajo? ¿Se deben fijar precios por hora o presupuestos cerrados por un trabajo completo?  Desde el momento que decides trabajar como trabajador autónomo, debes incluir la parte de planificación y gestión económica a la hora de aceptar un nuevo trabajo o cliente.

cuanto cobrar por tu trabajo si eres autonomo Para poder establecer un precio para tu trabajo deberás tener en cuenta los costes y las obligaciones tributarias que tienes de forma periódica con la Agencia Tributaria. Lo que debes tener claro es que deberás establecer un precio para tu trabajo que te permita cumplir con tus obligaciones, pagar tus costes fijos (y variables) y que te quede una cantidad suficiente para poder vivir dignamente.

¿Cuánto debe cobrar un autónomo por su trabajo?

Antes de fijar una cantidad económica para tu trabajo, puedes hacerte una serie de preguntas para poder establecer el precio a cobrar a tu cliente:

  • ¿Cuáles van a ser mis gastos para realizar este trabajo? Si necesitas comprar material, desplazamientos…. deberás tomarlo en consideración
  • ¿Cuál va a ser la duración del proyecto?
  • ¿Voy a poder compaginarlo con otro?
  • ¿Pueden surgir algunos imprevistos?

Para fijar la cantidad económica que debes cobrar también debes tener en consideración otros aspectos más administrativos. Por ejemplo, sabes que tienes unos gastos fijos todos los meses (la cuota como autónomo, si pagas a una asesoría para que te lleve la parte de contabilidad) y otros trimestrales con las declaraciones del IVA y del IRPF.  Pero además, debes tener en cuenta que tus vacaciones no son pagadas, ni tampoco recibes pagas extraordinarias. demás, los autónomos tienen otras desventajas frente a los trabajadores asalariados, por ejemplo, cuando un autónomo no puede trabajar porque está enfermo.

Formas de establecer el precio de tu trabajo si eres autónomo

A la hora de calcular cuánto quieres cobrar a tus clientes, puedes optar por dos formas principalmente de establecer el precio de tu trabajo.

  • Calcular el precio por hora y establecer una tarifa: en estos casos deberás saber cómo esta el mercado y cuál es el precio medio solicitado por un trabajo similar al que te están pidiendo para establecer tu propia tarifa por hora de trabajo. Después deberás estimar un número de horas para dicho trabajo (previendo quizás unas horas de trabajo extra) y presentar un presupuesto final al cliente
  • Presupuesto cerrado, es decir, cantidad fija por proyecto:  A tu cliente le das una cifra final cerrada para cuyo cálculo habrás tenido en consideración todos los gastos (material, desplazamiento, horas de dedicación). Este sistema tiene como ventaja que si acabas el trabajo antes del tiempo previsto, el proyecto habrá sido más rentable de lo que esperabas, pero si por el contrario te lleva más horas, no podrás cobrárselas a tu cliente ya que no estaban en el presupuesto inicial.

 

Aumentan los plazos de pago a autónomos por parte de las administraciones públicas

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Nuevo varapalo para los trabajadores autónomos, que han visto como en el último trimestre de 2015 las administraciones públicas aumentaban en tres días más el pago medio de las facturas. A enero de 2016, los trabajadores por cuenta propia tardan en cobrar unos 86 días desde la fecha de emisión de la cuenta, que suponen tres días más de lo que aparecía en el anterior Observatorio del Trabajo Autónomo de la Federación de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Aumentan_los_plazos_de_pago_a_autonomos_por_parte_de_las_administraciones_publicas

Esto supone, por lo tanto, un retraso de casi tres meses. En lo referente a la morosidad del sector privado se aprecia una cierta estabilidad, reduciéndose en apenas un día el periodo medio de pago entre empresas. En enero de este año se alcanzan los 84 días frente a los 85 días del pasado septiembre. Es prácticamente inapreciable la mejoría. Se aprecia un descenso a la hora de abonar las facturas en las compañías de menos de 50 trabajadores y autónomos, mientras que las empresas de mayor tamaño incrementan el periodo de pago.

Con todos estos datos se demuestra una vez más que tanto las administraciones públicas como las compañías del sector privado continúan incumpliendo los plazos de la ley de morosidad pese a los enormes esfuerzos realizados por las organizaciones de trabajadores autónomos para ponerle freno a la morosidad. En el sector público el tiempo medio de pago se encuentra tres veces por encima de lo que marca la ley, que son 30 días, mientras que en el ámbito privado, la norma eleva hasta los  60 días el periodo de pago.

Las comunidades en donde más tardan en abonar las facturas a los trabajadores autónomos son Extremadura (165 días), Murcia (134 días) y Aragón (130 días), mientras que en el otro lado de la balanza se encuentran Navarra (32 días), País Vasco (36 días) y La Rioja (48 días). En el ámbito privado, los que más tardan en pagar son Extremadura (98 días), Cataluña y Andalucía (94 días).

Jaén y Parla, los ayuntamientos más morosos con los autónomos

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A la hora de trabajar con una administración y más en concreto con un ayuntamiento, quizás los autónomos se lo deberían pensar más de una vez. Decimos esto por los continuos retrasos en los pagos. La Federación Nacional de Asociaciones de Autónomos (ATA) ha elaborado una lista con los municipios más morosos de España, pero que también incluye a los que cumplen con los proveedores. Jaen_y_Parla_los_ayuntamientos_mas_morosos_con_los_autonomos

El consistorio que más tarda en abonar las facturas es Jaén, con 320 días, que supone casi once meses. Por detrás de él se encuentran el ayuntamiento de Parla (Madrid) y Gandía (Valencia), con 302 y 267 días, respectivamente. El resto de municipios que retrasan por encima del medio año sus obligaciones de pago con los trabajadores por cuenta propia son Algeciras (264 días), Jerez (244) y Alcorcón (243). Menos tardan otros ayuntamientos, pero las fechas de abono aún siguen siendo preocupantes, como puede ser el caso de Puerto de Santa María (172 días), Telde (168), Mérida (159) y Cádiz (159)

Las administraciones públicas están saldando los pagos con los autónomos en un plazo medio de 86 días (casi tres meses), cuando en realidad la ley marca un máximo de 30 días. Por lo tanto les queda a los ayuntamientos, administraciones regionales y al gobierno central mucho trabajo por delante para resolver este asunto, que supone un auténtico problema para este colectivo.

Los municipios que cumplen con la normativa son más bien escasos. Los que mejor pagan las facturas a los profesionales por cuenta propia  son Albacete, con 17 días, Segovia y Málaga, con 22 días; y Hospitalet y Vigo, con 24.  Por debajo del mes también están Alicante y Lorca (24 días), Barcelona (25 días), Salamanca y Pontevedra, 28 y 29 días, respectivamente.

Este informe realizado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos cuentan con fecha de enero de 2016. Sin lugar a dudas muestra los incumplimientos por parte de algunos consistorios a la hora de hacer frente a sus facturas.

Qué debe incluir en sus facturas el autónomo

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Los trabajadores por cuenta propia deben emitir facturas que acrediten el cobro procedente de sus actividades profesionales. Para que éstas sean legales y cumplan con la ley deben de reunir una serie de aspectos, entre los que se encuentran un mínimo de datos. factura_autonomo_legal

En primer término hay que hacer mención a los datos fiscales del profesional, en donde aparezcan el nombre, DNI, dirección e facturación, localidad y provincia. También existe la posibilidad de incorporar otra información, pero que no es obligatoria ni necesaria, como el teléfono o el email. En el caso de estas dos opciones, tampoco sería una mala idea ya que serviría para mantener informado al cliente sobre las vías de comunicación.

Lo siguiente será recoger los datos del cliente, como son la denominación de la compañía, el CIF y la dirección completa. Todas las facturas deben contar con una numeración. Lo más habitual es que sigan un orden, empezando por el 01, aunque algunos autónomos deciden poner algún código alfanumérico o el año de la misma delante de esta numeración.

El siguiente paso consiste en aclarar el concepto de la factura, ya sea por servicios prestados a ese cliente o por productos vendidos. En el caso de que se trate de un trabajador por cuenta propia que proporcione siempre un servicio concreto, habría que poner siempre el mismo concepto.

Lo más complicado quizás se produzca a la hora de desglosar los costes. En primer lugar debe aparecer el precio sin sumar el IVA ni aplicar retenciones. Esto recibe el nombre de base imponible. En cuanto al IVA, debe aparecer detallado, ya que hay varios tipos que dependen del servicio o producto. Otro aspecto en el que se debe reparar es el IRPF. Es obligatorio en el caso de facturar a empresas, pero no a particulares. También se aplica, al igual que el IVA sobre la base imponible.

Consejos sobre gastos deducibles y fiscalidad

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deducir gastos autonomos

Todo trabajador autónomo, tiene que prestar mucha atención sobre ciertos gastos deducibles y de fiscalidad.

Los trabajadores autónomos deben hacer frente a muchos gastos. Para empezar, cada mes deben pagar una cuota de cotización a la Seguridad Social. Pero además, los trabajadores por cuenta propia hacen muchas comidas de negocios, se desplazan para visitar a clientes, si contratan a alguien también deben pagar su cotización, etc. Por tanto resulta muy útil conocer cuáles son las bonificaciones y los gastos fiscalmente deducibles a los que los autónomos pueden acogerse.



Estos gastos,  te permitirán ahorrarte tener que pagar más euros a la hora de realizar las declaraciones fiscales a Hacienda por tu actividad laboral como autónomo. Por ello, a continuación te ofrecemos una serie de consejos que puedes tener en cuenta.

Puntos que no se te deben olvidar:

  • Siempre que realices una compra o un gasto deberás guardar las facturas justificativas del mismo.
  • Deberás revisar cada año la posibilidad de realizar una amortización acelerada.
  • Ten en cuenta los gastos en nuevas tecnologías (teléfonos móviles, Internet...) y en combustible. Puede que puedas deducirte el IVA a la hora de hacer las declaraciones fiscales.
  • Si asistes a alguna formación o curso, ten el cuenta que el gasto que te suponga puedes deducírtelo en tu declaración.

¿Qué gastos puedes deducirte como autónomo?

Si quieres más información sobre las particularidades del IVA y del IRPF para el trabajador autónomo, consulta nuestro especial.


El trabajador autónomo, el IVA y el IRPF

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Conoce la importancia del IVA y el IRPF: Qué son, cómo hacer los cálculos y las ventajas que puedes obtener como trabajador autónomo.

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Información actualizada: IVA autónomos 2016



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El PP propone que las pymes y autónomos descuenten los impagos de las Administraciones de sus obligaciones con Hacienda

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Esta semana se debatirá en el Congreso de los Diputados la moción presentada por el PP en la que proponen diferentes medidas para paliar la morosidad de las Administraciones frente a las pymes y autónomos.

Una de las medidas presentadas por el partido que lidera Mariano Rajoy es establecer un mecanismo de compensación automática contemplado en la Ley General Tributaria de 2003 para supuestos de deudas y devoluciones de la Agencia Tributaria. Mediante esta medida pretenden que las pymes y los autónomos puedan reducir sus deudas con Hacienda con los importes que les adeudan las Administraciones Públicas.



Otra de las propuestas presentadas es que pymes y autónomos no tributen por el IVA de los servicios realizados mientras no cobren las facturas.

El principal partido de la oposición también quiere instar al Gobierno en esta iniciativa a cumplir la ley de morosidad y a poner en funcionamiento "en el plazo de un mes" la línea ICO para financiar las deudas de ayuntamientos con pymes y autónomos.

El PP muestra su descontento ya que la ley que se aprobó en 2010 para limitar la morosidad de empresas y Administraciones Públicas "no ha impedido que se siga manteniendo el retraso en los pagos de las operaciones comerciales", que en el caso del Estado, las CCAA y los ayuntamientos supera en 100 días el máximo establecido

El pago a tiempo de las facturas supondría una inyección a la economía de más de 28.500 millones de euros

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El pago a tiempo de las facturas por parte de las administraciones públicas, las empresas y los consumidores supondría una inyección económica de 28.630 millones de euros, según ha estimado la compañía de servicios de gestión de crédito Intrum Justitia.

En un comunicado, la multinacional sueca ha explicado que disminuir los plazos de pago de la administración pública sería "especialmente trascendente" para mejorar la situación de autónomos y pymes, ya que, según sus cálculos, el 80% de los trabajadores por cuenta propia y el 65% de las pequeñas y medianas empresas se encuentran en una situación de riesgo por los retrasos en los pagos.

Por ello, y con motivo de que este martes se cumple el plazo para la presentación de enmiendas a la Ley del IVA que permitirá a autónomos y pymes no tributar este impuesto por las facturas no cobradas, la firma ha recordado la "importancia" que tiene esta norma para el colectivo, "especialmente en este contexto de impagos".



Para el director general de Intrum Justitia, Luis Salvaterra, la situación de las pymes y autónomos se debe tanto a problemas coyunturales derivados de la actual crisis económica, como estructurales, "que provienen de los retrasos en pagos", por lo que considera que la aprobación e implementación de una enmienda en este sentido "contribuiría a resolver el problema coyuntural, pues supondría una mejora de su liquidez".

Por otra parte, la compañía sueca ha destacado que, aunque estas medidas son "positivas", la situación "ideal" es mejorar la política de gestión de crédito para solucionar los impagos.

EFE Madrid

El nuevo Gobierno modificará el régimen del IVA para que autónomos y pymes no lo paguen hasta cobrar las facturas

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El futuro Gobierno modificará el régimen del IVA para que los autónomos y las pymes no lo tengan que pagar hasta que hayan cobrado las facturas que les corresponde. Así lo ha anunciado Mariano Rajoy, futuro jefe del Ejecutivo, durante su discurso de investidura en el Congreso.

Esta medida, una de las pocas anunciadas por el conservador durante su discurso, se enmarca en lo que ha dado en llamar la "Ley de Apoyo a los emprendedores" y que tiene previsto implementar en los próximos tres meses. Además del IVA, el Ejecutivo definirá "un marco fiscal de apoyo a emprendedores, pymes y autónomos" y establecerá "un procedimiento de compensación automática similar al de la cuenta corriente para cualquier deuda reconocida por la Administración Pública".



Por otro lado, Rajoy ha reiterado su idea de mantener el tipo superreducido en la adquisición de vivienda, sólo "si se trata de la vivienda habitual" y siempre "con un límite en su precio de adquisición". En este sentido, también se recuperará la deducción en el IRPF por inversión en vivienda habitual.

Las ayudas fiscales del Ejecutivo de Rajoy también compensarán la contratación del primer trabajador con un importe de 3.000 euros.

Otra de las reformas fiscales que ha anunciado el conservador tienen que ver con el Impuesto sobre Sociedades. Su Gobierno eliminará las limitaciones para la aplicación del tipo impositivo del 20% a empresas que tengan una cifra de negocios inferior a los cinco millones de euros y ampliará hasta los 12 millones de euros la cifra de negocios que permite acogerse al régimen especial previsto para las empresas de reducida dimensión, así como aumentar hasta los 500.000 euros el límite de la base imponible aplicado al tipo reducido del 25%.

Número de Operador Intracomunitario

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Número de operador intracomunitarioEl número de operador intracomunitario es un requisito imprescindible para los empresarios o profesionales que realicen las denominadas Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes. Para tener NIF-IVA o número de operador intracomunitario, deberemos estar inscritos en el ROI: Registro de Operadores Intracomunitarios.



Para darnos de alta en el ROI, tendremos que presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria, bien sea telemáticamente, o bien mediante la cumplimentación en papel del formulario.

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